Nuestra experiencia nos permite asesorar tanto a compradores como a vendedores de inmuebles de cualquier tipología, tanto en lo referente al valor del inmueble como en lo referente a las actuaciones a realizar, ya sean acciones para la consolidación, pequeñas reformas o rehabilitación integral. Por la parte documental de las transacciones nos encargamos de todos los trámites, destacando entre otros la realización de valoraciones, cédulas de habitabilidad, certificaciones energéticas y certificados de existencia y legalidad, entre otros.
Disponemos de una gran experiencia en estudios de viabilidad de solares urbanos, realizando anteproyectos y estudios económicos para promotores e inversores. Asimismo y derivado del contacto constante con agentes inmobiliarios, tramitamos tanto la compraventa de inmuebles como la búsqueda de los mismos dependiendo de las necesidades del cliente, también gestionamos el contacto con posibles compradores en caso de que nuestro cliente haya decidido vender su inmueble.
La normativa reguladora del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD) establece que la base imponible del impuesto es la mayor entre las siguientes magnitudes: valor de referencia, valor declarado por las personas interesadas o bien precio o contraprestación pactada .
En cuanto al impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD), la normativa establece que los bienes inmuebles deben valorarse por la mayor entre las siguientes magnitudes: valor de referencia o valor declarado por las personas interesadas.
En ambos impuestos, cuando las personas obligadas tributarias consideren que la determinación del valor de referencia ha perjudicado sus intereses legítimos, una vez presentada la correspondiente autoliquidación, pueden solicitar la rectificación de la autoliquidación para impugnar el valor de referencia. La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) resolverá sobre la cuestión, con informe preceptivo, previo y vinculante de la Dirección General del Catastro, que ratificará o corregirá el valor de referencia una vez vistas las alegaciones y pruebas aportadas.
05/05/2022